Entra en vigor el RETO (Registro Electrónico de Transacciones y Operaciones) para el sector fitosanitario. Real Decreto 285/2021

A partir del 9 de noviembre de 2021 queda prohibida la venta online de productos Fitosanitarios de Uso Profesional. Real Decreto 285/2021

 

El día 9 de noviembre de 2021, de acuerdo con el Real Decreto 285/2021 del 20 de abril de 2021, fué el último día en el que se podía realizar la compra vía tienda on-line, vía telefónica o por cualquier otro medio no presencial de Productos Fitosanitarios de Uso Profesional. Ello significa que NO se podrán adquirir por dichas vías aquellos productos que requieren estar en posesión, como mínimo, del Carnet Básico de manipulador de Productos Fitosanitarios.

Por otra parte, remarcar que se podrán comprar productos fitosanitarios de manera presencial siempre y cuando se disponga del Carnet de manipulador de Productos Fitosanitarios (Básico o Cualificado) en vigor.

Con el nuevo Real Decreto 285/2021, el profesional que adquiera el producto deberá personarse en el establecimiento con su DNI y Carnet de Aplicador de Fitosanitarios en vigor para realizar la compra y llevar el producto hasta la zona de aplicación, siendo responsable tanto de la adquisición como posterior aplicación o utilización del mismo.

A partir del día 10 de noviembre de 2021, y aplicando el Real Decreto 285/2021, se podrán comprar los productos  Fitosanitarios de Uso Profesional vía online solamente para su posterior recogida de forma personal en nuestra tienda física, siempre que se presente el titular del Carnet de Aplicador Fitosanitario con su DNI y coincida con los datos indicados en el pedido web.

En cuanto a los fitosanitarios de Uso No Profesional, el Real Decreto sigue permitiendo su compra y venta online. Dado que para este tipo de productos no es necesario estar en posesión de ningún tipo de carnet. La adquisición de estos productos puede ser realizada por Internet recibiendo los artículos en el domicilio especificado en el momento de la compra.

Por último, informarles que a partir del 10 de noviembre de 2021, las transacciones de productos fitosanitarios de Uso Profesional quedarán grabadas en la nueva plataforma web que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha habilitado para el control de la venta y utilización de este tipo de productos fitosanitarios, el denominado Registro Electrónico de Transacciones y Operaciones (RETO). 

 

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